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Cuándo no hace falta la declaración de sucesión

Redacción de Successione Pronta. Actualizado el .

En resumen

  • La declaración de sucesión no es obligatoria solo si se cumplen a la vez tres condiciones: herederos cónyuge y parientes en línea recta, activo hereditario no superior a 100.000 €, ningún inmueble ni derecho real sobre inmuebles (art. 28, comma 7, D.Lgs. 346/1990).
  • Si entre los herederos hay hermanos, hermanas, sobrinos que heredan del tío u otros parientes, la declaración hace falta siempre, aunque sea por una cuenta con pocos euros.
  • En lugar de la sucesión se firma en el banco o en Poste Italiane una declaración de exención, que el intermediario envía a la Agenzia delle Entrate en un plazo de 15 días.
  • Los títulos de deuda pública y los buoni fruttiferi postali no forman parte del activo hereditario (art. 12), así que según la interpretación mayoritaria no cuentan para el límite; para los demás bienes cuenta el valor a la fecha del fallecimiento.
  • Si tras la exención aparece un bien nuevo (una sopravvenienza) que hace que deje de cumplirse una condición, la declaración pasa a ser obligatoria.

La dichiarazione di successione (declaración de sucesión) no hace falta cuando la herencia va solo al cónyuge y a los parientes en línea recta del fallecido, su activo no supera 100.000 € y no incluye inmuebles: las tres condiciones deben darse a la vez. En ese caso, para desbloquear cuentas y libretas basta con firmar una dichiarazione di esonero (declaración de exención) en el banco o en la oficina de correos. En todos los demás casos se sigue el procedimiento descrito en la guía completa de la declaración de sucesión.

¿Cuáles son las tres condiciones para no presentar la sucesión?

La regla está en el art. 28, comma 7, del D.Lgs. 346/1990: no hay obligación de declarar «si la herencia se transmite al cónyuge y a los parientes en línea recta del fallecido y el activo hereditario tiene un valor no superior a cien mil euros y no incluye bienes inmuebles ni derechos reales sobre inmuebles, salvo que, como consecuencia de bienes hereditarios sobrevenidos, estas condiciones dejen de cumplirse». La guía de la Agenzia delle Entrate (la agencia tributaria italiana) de junio de 2026 repite las mismas condiciones.

Condición Cuándo se cumple Cuándo no se cumple
Quién hereda Solo el cónyuge (o pareja de unión civil), hijos, nietos, padres, abuelos Hay también un hermano, una hermana, un sobrino hijo de un hermano, un primo, un heredero por testamento que no es pariente
Cuánto vale el activo Todos los bienes del fallecido juntos valen como máximo 100.000 € El activo supera 100.000 €, aunque sea por poco
Qué bienes hay Solo cuentas, libretas, títulos, bienes muebles Hay una casa, un terreno, un garaje, aunque sea solo una cuota, o un usufructo o un derecho de habitación

Basta con que falte una sola condición para que la declaración sea obligatoria, con un plazo de 12 meses desde el fallecimiento.

Si heredan los hermanos, ¿hace falta siempre la declaración?

Sí. Los hermanos y hermanas son parientes en línea colateral, no en línea recta. Poste Italiane lo precisa expresamente en su lista de documentos: los parientes en línea recta son padres, abuelos, hijos y nietos, mientras que los hermanos y hermanas del fallecido son parientes en línea colateral. Lo mismo vale para tíos, primos y sobrinos hijos de hermanos.

Ejemplo: una persona viuda y sin hijos muere y deja una cuenta de 8.000 €. Los herederos por ley son sus dos hermanos. Aunque el importe es modesto y no hay inmuebles, hace falta la declaración de sucesión. No habrá impuesto de sucesiones que pagar, porque para los hermanos el mínimo exento es de 100.000 € cada uno, pero la declaración debe presentarse igualmente. Quién debe hacerla y cómo se organizan los herederos se explica en la guía sobre quién debe presentar la declaración de sucesión.

¿Cómo se calculan los 100.000 € de activo hereditario?

El «activo hereditario» es el valor de todos los bienes y créditos del fallecido a la fecha del fallecimiento, antes de restar deudas y gastos. Las deudas del fallecido o los gastos del funeral no reducen el activo a efectos del límite: la norma habla de activo, no de valor neto.

Se suman, por ejemplo:

  • los saldos de cuentas corrientes y libretas a la fecha del fallecimiento (en las cuentas conjuntas, la cuota del fallecido, que se presume igual a la de los demás titulares si no consta otra cosa: art. 11 del D.Lgs. 346/1990);
  • acciones, obligaciones, fondos de inversión, participaciones en sociedades;
  • créditos, por ejemplo dinero prestado a terceros o devoluciones ya reconocidas;
  • joyas, obras de arte, vehículos distintos de los inscritos en el PRA (Pubblico registro automobilistico, registro público de vehículos).

Ejemplo: cuenta de 60.000 € solo a nombre del fallecido y cuenta conjunta con el cónyuge de 50.000 €. La cuota del fallecido en la cuenta conjunta es de 25.000 €; el activo es de 85.000 €. Si los herederos son el cónyuge y los hijos y no hay inmuebles, la sucesión no es obligatoria.

¿Los buoni fruttiferi postali y los títulos de deuda pública cuentan para el límite?

El art. 12 del D.Lgs. 346/1990 establece que no forman parte del activo hereditario los títulos de deuda pública (BOT, CCT, BTP) y los demás títulos del Estado, garantizados por el Estado o equiparados. Los buoni fruttiferi postali (bonos de ahorro postales) están entre ellos: Poste Italiane los trata como exentos y no emite la dichiarazione di credito (certificado de saldos) si el fallecido solo tenía bonos y títulos de deuda pública.

Como el art. 28, comma 7, habla precisamente de «activo hereditario», la interpretación mayoritaria es que estos títulos no se suman para comprobar el límite de 100.000 €; sin embargo, no constan aclaraciones oficiales de la Agenzia delle Entrate dedicadas expresamente a este punto. Las instrucciones añaden que, de todos modos, es aconsejable indicar estos títulos en la declaración, porque esa indicación sirve en la relación con los intermediarios financieros. Si estás cerca del límite, es prudente pedir una comprobación antes de firmar la exención.

Qué queda fuera del activo

No forman parte del activo, entre otros: los vehículos inscritos en el registro público de vehículos, las indemnizaciones por fin de relación laboral que corresponden por la muerte del trabajador, las indemnizaciones que corresponden a los herederos por derecho propio en virtud de seguros de previsión, y los créditos frente al Estado y los entes de previsión mientras no estén reconocidos (art. 12 del D.Lgs. 346/1990).

¿Qué se entrega al banco en lugar de la sucesión?

En lugar del justificante de la declaración de sucesión, los herederos firman una declaración de exención: una declaración por escrito en la que certifican que no había obligación de presentar la sucesión. Es la misma posibilidad que prevé el art. 48 del D.Lgs. 346/1990, que permite a los bancos y a los deudores del fallecido pagar a los herederos cuando el interesado «ha declarado por escrito que no había obligación de presentar la declaración».

Según la Agenzia delle Entrate, los herederos presentan la exención al banco, a Poste Italiane o al intermediario financiero, que la envía a la oficina competente en un plazo de 15 días. Junto con la exención, el banco suele pedir:

  • certificado o extracto de defunción;
  • dichiarazione sostitutiva di atto notorio (declaración responsable de notoriedad) sobre los herederos;
  • documento de identidad y codice fiscale (número de identificación fiscal italiano) de cada heredero;
  • copia del testamento, si lo hay.

En Poste Italiane, con la exención hace falta el extracto de defunción y, si el reembolso supera 150.000 €, el atto notorio (acta de notoriedad) redactado por el notario. El procedimiento para desbloquear la cuenta se explica paso a paso en la guía sobre cómo desbloquear la cuenta bancaria del fallecido, y el de las libretas y los bonos en la guía sobre la sucesión en Poste Italiane.

¿Qué son las sopravvenienze ereditarie?

Una sopravvenienza ereditaria (bien hereditario sobrevenido) es un bien o un crédito del fallecido que aparece después, por ejemplo una devolución de impuestos, una cuenta olvidada en otro banco o una cuota de un inmueble que el fallecido a su vez había heredado y nunca declaró. El art. 28, comma 7, prevé que la exención decae si, por efecto de bienes sobrevenidos, dejan de cumplirse las condiciones.

En la práctica:

  • si el bien sobrevenido hace superar los 100.000 € o lleva un inmueble a la herencia, la declaración pasa a ser obligatoria;
  • el plazo de 12 meses, en estos casos, cuenta desde la fecha del bien sobrevenido, como indican las instrucciones de la Agenzia delle Entrate;
  • si el bien sobrevenido es pequeño y se siguen cumpliendo las condiciones, se continúa con la exención, presentando la declaración correspondiente también al nuevo intermediario.

Si todos los herederos renuncian, ¿hay que presentarla?

No, con ciertas condiciones. El art. 28, comma 5, exime de la obligación a los llamados a la herencia que, antes del vencimiento del plazo para la declaración, hayan renunciado a la herencia o bien, al no tener la posesión de bienes hereditarios, hayan pedido el nombramiento de un curador de la herencia yacente, y en ambos casos lo hayan comunicado a la oficina de la Agenzia delle Entrate adjuntando copia auténtica de la renuncia o de la solicitud. Para quien siga obligado, los 12 meses cuentan desde la fecha de la renuncia o desde que tuvo noticia de ella. Las instrucciones aconsejan adjuntar copia de la escritura de renuncia cuando la declaración la presentan otros herederos.

Atención: con la renuncia, la herencia pasa a otros llamados (por ejemplo, los hijos de quien renuncia), que a su vez pueden estar obligados. La renuncia se hace ante notario o ante el secretario judicial del tribunal y no se puede hacer si ya se ha aceptado, aunque sea tácitamente.

¿Conviene presentar la sucesión aunque no sea obligatoria?

Normalmente no es necesario: la exención es una facultad que prevé la ley y los bancos y Poste Italiane deben aceptarla. Pero puede tener sentido presentar la declaración igualmente en algunos casos:

  • cuando no está claro si el activo supera los 100.000 €, por ejemplo por títulos de valor variable o créditos inciertos;
  • cuando hay varios bancos y se prefiere un único documento válido para todos;
  • cuando se prevé que aparezcan otros bienes más adelante.

Presentar la declaración online con la precumplimentada de la Agenzia delle Entrate es gratis: sin inmuebles, con herederos en línea recta y por debajo del mínimo exento, los costes son mínimos o nulos. Los posibles conceptos de coste se resumen en la guía sobre cuánto cuesta una sucesión, y los documentos que reunir en la lista de documentos.

Preguntas frecuentes

Si el fallecido solo tenía una cuenta con 3.000 € y los herederos son sus hermanos, ¿hace falta la sucesión?

Sí. La exención solo vale cuando la herencia va al cónyuge y a los parientes en línea recta: los hermanos y hermanas son parientes en línea colateral, así que la declaración es obligatoria sea cual sea el importe.

¿El límite de 100.000 € es por cada heredero o para toda la herencia?

Se refiere al activo hereditario total, es decir, a todos los bienes del fallecido sumados, no a la cuota de cada heredero. No hay que confundirlo con el mínimo exento de 1 millón de euros por heredero, que en cambio afecta al cálculo del impuesto.

¿La pensión o el TFR no cobrados cuentan en los 100.000 €?

Las indemnizaciones por fin de relación laboral que corresponden por la muerte del trabajador y las indemnizaciones que corresponden a los herederos por derecho propio en virtud de seguros de previsión no forman parte del activo hereditario (art. 12 del D.Lgs. 346/1990). Los créditos frente a entes de previsión aún no reconocidos quedan fuera hasta su reconocimiento.

Con la exención, ¿tengo que pagar algún impuesto?

No. Si no hay obligación de declarar no hay inmuebles ni impuestos hipotecarios y catastrales, y con herederos en línea recta por debajo de 100.000 € no se supera el mínimo exento del impuesto de sucesiones.

¿La declaración de exención vale también como aceptación de la herencia?

La declaración de exención es un trámite fiscal ante el banco y la Agenzia delle Entrate. Cobrar y quedarse el dinero del fallecido, en cambio, puede suponer la aceptación de la herencia: si el fallecido tenía deudas, es prudente informarse antes.

Fuentes

Información general actualizada a la fecha indicada; no constituye asesoramiento legal ni fiscal. Para casos particulares, consulta a un profesional colegiado.